Archivo diario: 15 junio, 2012

Conciencia mayor

El 15 de junio se conmemora el Día Internacional Contra el Maltrato y Abuso en la Vejez, fecha que procura la toma de conciencia y la reflexión sobre los estereotipos e imágenes de la vejez que cada uno tiene, que produce y reproduce socialmente, como también para erradicar situaciones de violencia en el mundo de los adultos mayores.


La fecha fue impulsada por la Red Internacional para la Prevención del Abuso y Maltrato en la Vejez (INPEA) y posteriormente acogida por la Organización de Naciones Unidas (ONU). Desde INPEA se define al maltrato de los adultos mayores como “la acción única o repetida, o la falta de la respuesta apropiada, que ocurre dentro de cualquier relación donde exista una expectativa de confianza y la cual produzca daño o angustia a una persona anciana”.
Como ocurre en estos casos, el maltrato se pueden considerar distintos tipos de maltratos:
Maltrato físico: uso de fuerza física a través de cualquier elemento capaz de producir lesiones, dolor, discapacidad temporal y permanente, e incluso, la muerte.
Abuso psicológico: causar pena, angustia o dolor por medio de acciones verbales y no verbales. Suelen incluirse insultos, humillaciones, amenazas, infantilización, indiferencia ante sus sentimientos, falta de respeto por sus creencias, rechazo a sus deseos, silencio peyorativo, entre otros.
Maltrato financiero, patrimonial y económico: explotación, aprovechamiento o despojo de fondos y/o patrimonio, incluye a todos los elementos, derechos o recursos destinados a satisfacer sus necesidades. Más común es la apropiación de su jubilación o de sus bienes mediante amenazas, engaño o fraude.
Abandono y negligencia: deserción intencional activa o no intencional pasiva- de la persona que asumió la responsabilidad de proveer custodia física o cuidado de un adulto mayor. Se observa una amplia gama de posibilidades, entre las que se encuentra la no administración de cuidados o supervisión en la alimentación, vestimenta, cobijo, higiene, cuidados médicos, hasta la exclusión familiar y dejar en soledad a un mayor que no pueda autovalerse.
Autoabandono: el que ocurre cuando un adulto pone en peligro su salud y seguridad ante la decisión de no proveerse a sí mismo el cuidado adecuado.
Abuso sexual: cualquier tipo de contacto sexual no consentido.
Maltrato estructural: correspondiente a las insuficientes políticas sociales y de salud, al incumplimiento de leyes o la existencia de normas sociales que perjudiquen a los mayores.

Los principios
Los Principios a Favor de las Personas de Edad fueron aprobados por la Asamblea General de la ONU.
* Independencia: Las personas de edad deberán:
1. Tener acceso a alimentación, agua, vivienda, vestuario y atención de la salud.
2. Tener oportunidad de trabajar o acceso a otras oportunidades de obtener ingresos.
3. Poder participar en la determinación de cuándo y en qué medida dejarán de desempeñar actividades laborales.
4. Tener acceso a programas educativos y de capacitación.
5. Tener la posibilidad de vivir en entornos seguros y adaptables a sus preferencias personales y a cambios de sus capacidades.
6. Poder residir en su propio domicilio por tanto tiempo como sea posible.
* Participación:
7. Permanecer integradas en la sociedad, participar activamente en la formulación y la aplicación de las políticas que afectan directamente su bienestar y poder compartir sus conocimientos y pericias con las generaciones más jóvenes.
8. Poder buscar y aprovechar oportunidades de prestar servicio a la comunidad y trabajar como voluntarios en puestos apropiados a sus intereses y capacidades.
9. Poder formar grupos o asociaciones.
* Cuidados:
10. Poder disfrutar de los cuidados y la protección de la familia y la comunidad de conformidad con el sistema de valores culturales de cada sociedad.
11. Tener acceso a servicios de atención de salud que les ayuden a mantener o recuperar un nivel óptimo de bienestar físico, mental y emocional, así como a prevenir o retrasar la aparición de enfermedades.
12. Tener acceso a servicios sociales y jurídicos que les aseguren mayores niveles de autonomía, protección y cuidado.
13. Tener acceso a medios apropiados de atención institucional que les proporcionen protección, rehabilitación y estímulo social y mental en un entorno humanitario y seguro.
14. Poder disfrutar de sus derechos humanos y libertades fundamentales cuando residan en hogares o instituciones donde se les brinden cuidados o tratamiento, con pleno respeto de su dignidad, creencias, necesidades e intimidad, así como de su derecho a adoptar decisiones sobre su cuidado y sobre la calidad de su vida.
* Autorrealización:
15. Poder aprovechar las oportunidades para desarrollar plenamente su potencial.
16. Tener acceso a los recursos educativos, culturales, espirituales y recreativos.
* Dignidad:
17. Poder vivir con dignidad y seguridad y verse libres de explotaciones y de maltrato físico o mental.
18. Recibir un trato digno.